Obligatoriedad del uso de dispositivos de sobretensión en Argentina

Debido al incremento en el nivel de tormentas eléctricas, la reglamentación volvió obligatorio el uso de dispositivos de sobretensión (DPS) en Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, La Pampa, el este de Mendoza y todas las provincias al norte de ellas.

A continuación les comparto un artículo de Schneider Electric sobre este nuevo requisito, vigente en algunas provincias de la República Argentina. Pueden ver el artículo original aquí.

La ley de H&S de la República Argentina (Ley 19587) mediante sus decretos y reglamentaciones exige la aplicación obligatoria de la reglamentación AEA90364 referente a la ejecución de instalaciones eléctricas en inmuebles. Esta reglamentación, basada en el consenso de especialistas y profesionales del rubro, llama en su sección 771.19.4 a la obligatoriedad del uso de dispositivos de sobretensión (DPS) en zonas donde el impacto de rayos sea perjudicial desde un punto de vista físico y económico segregando estas zonas según la cantidad de días con tormentas eléctricas por año.

El nivel ceráunico mundial (cantidad de tormentas eléctricas por año) ha venido incrementándose los últimos años principalmente debido al calentamiento global, acarreando serios inconvenientes a la sociedad desde un punto de vista económico y de seguridad para las personas.

Actualmente hay una enorme cantidad de casos de equipamientos electrónicos dañados severamente, e incluso de incendios como consecuencia de instalaciones eléctricas desprotegidas. Tal es su impacto actual que se han encontrado situaciones donde rayos en las redes eléctricas propagados a inmuebles no protegidos adecuadamente, han resultado en víctimas fatales.

Ante estos escenarios es importante destacar la responsabilidad del profesional involucrado en la inspección y diseño de una instalación, garantizando el fiel cumplimiento de todas las pautas indicadas en las reglamentaciones vigentes con el fin de minimizar los riesgos.

Dentro de la República Argentina el nivel ceráunico ha superado el límite indicado por la norma para la obligatoriedad de uso de protecciones adecuadas en las zonas geográficas de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, La Pampa, el este de Mendoza y todas las provincias al norte de ellas.

Obligatoriedad de uso de dispositivos de sobretensión

Como toda ley, el profesional debe estar informado acerca de los aspectos requeridos para su aplicación. Es obligación de los mismos mantenerse actualizado al respecto.

¿Cuantos días de tormenta eléctrica tenemos en Argentina?

Según los últimos estudios elaborados a partir de información de la World Wide Lightning Location Network y datos de 15 estaciones del Servicio Meteorológico Nacional por el CITEDEF, el nivel ceráunico para Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, La Pampa, el este de Mendoza y todo el norte de Argentina se encuentra entre 30 y 90 días de tormentas al año.

¿Cuál es el límite de obligatoriedad para el uso de dispositivos de sobretensión exigido por la norma?

La norma discrimina al tipo de instalación, previo al estudio de la instalación del DPS.

De este modo, todo tipo de inmueble equipado con pararrayos (edificios, fábricas, escuelas, etc), o inmuebles en los que se vea afectada la seguridad de las personas (hospitales, clínicas, etc) el uso de DPS es carácter obligatorio en todo el territorio argentino.

Sin embargo, para inmuebles alimentados por una red aérea (o parcialmente aérea) es de uso obligatorio en zonas con un nivel ceráunico por encima de 25, es decir, es de uso obligatorio en zonas tales como Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, La Pampa, el este de Mendoza, y todas sus pares al norte de las mismas.

A continuación, se resume el concepto:

Artículo original en Schneider Electric

3 comentarios en «Obligatoriedad del uso de dispositivos de sobretensión en Argentina»

  1. Hola, muy buena la publicación. Tengo una duda. En el mapa actualizado de días de tormenta (rayos)… todavía rige para los cálculos el mapa que figura en la iram 2184? o debo considerar lo que dice en este mapa actualizado que presentas?

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    • Hola Pablo. El mapa de la 2184 es bastante antiguo y puede que no refleje las variaciones del clima en nuestro país. El de curvas de niveles ceraunicos tiene esta leyenda “se pueden utilizar para estimar la actividad ceraunica actual, a falta de mejores datos y generalmente con caracter de mínimos”, así que entiendo que puede emplearse otro que esté mas actualizado, siempre y cuando sea confiable. El del artículo está publicado originalmente por Schneider, así que supongo que su validez está chequeada. De todos modos me queda como pendiente, cuando finalicen las vacaciones, contactar a unos conocidos de la Universidad para preguntarles por este mapa.

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      • Hola! Ok, muchas gracias, la duda es por un proyecto en Reconquista – Santa Fe que estoy trabajando y las diferencias entre uno y otro mapa son importantes… de utilizar un Td= 50 debería pasar al valor 60. Me sirve de mucho su comentario y cualquier nuevo dato! Muy atento y muy buena la página. Saludos cordiales.

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